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Monotributo: Hay nueva fecha para la recategorización

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Recategorización monotributo

La AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto.

De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.

Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

Puntos importantes de la Resolución

  • La recategorización en el RS es obligatoria para los pequeños contribuyentes y debe realizarse dos veces al año, en julio y enero.
  • La categoría del contribuyente determina el monto de las obligaciones fiscales que debe cumplir.
  • Para realizar la recategorización, los contribuyentes deben ingresar al sitio web de la AFIP con su Clave Fiscal.

La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP.

AFIP: cuándo y cómo se puede hacer la recategorización

La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP.

Pasos para recategorizarse en el monotributo:

  • acceder al Portal Monotributo: ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
  • ingresar a la opción recategorización: detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  • imprimir la nueva credencial de pago: una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.

Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

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